Cañete, 29 de diciembre de 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE;
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de diciembre de 2009; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Polítilca del Perú, las municipalidades como órgano de gobierno local tienen autonomía política , económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que el procedimiento para la elección de Alcaldes y Regidores de las Municipalidades de Centros Poblados se regula por la Ley de la materia;
Cañete, 11 de diciembre de 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
POR CUANTO:
El Pleno Provincial de Cañete en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Diciembre del 2009;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas conforme a Ley;
Que, el artículo III de Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas por Ordenanza Municipal Provincial;
