R.A. Nº 523-2009-AL-MPC
Cañete, 30 de diciembre del 2009.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 480-2009-AL-MPC, de fecha 26 de noviembre del 2009, que declaró nula de oficio la Resolución de Alcaldía Nº 359-2009-AL-MPC, de fecha 15 de septiembre del 2009 por vulnerar normas de cumplimiento obligatorio como es la Ley Nº 29060 dado el silencio administrativo positivo operado en el expediente Nº 4862-09, y estando al estado actual del procedimiento administrativo;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
R.A. Nº 517-2009-AL-MPC
Cañete, 30 de diciembre del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:
VISTO: El Acuerdo de Concejo N° 097-2009-MPC, de fecha 30 de diciembre del 2009, donde se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Provincial de Cañete, para el Año Fiscal 2010, tal como lo establece el artículo 9º, numeral 16 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y el artículo 42º, literal d) de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, es competencia de los Gobiernos Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto;
